Ayuda para Gastos de Matrimonio

Los trabajadores que cotizan al IMSS pueden realizar un retiro parcial de la cuenta individual por concepto de ayuda matrimonial, equivalente a 30 días de Salario Mínimo Vigente a la fecha de celebración del matrimonio en el Distrito Federal.

Es necesario que al día de la celebración del matrimonio civil el trabajador cuente con un mínimo de 150 semanas de cotización ante el IMSS, estar laborando al momento de solicitarlo o dentro de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de su baja.

Este derecho se ejerce sólo una vez en la vida, sin disminuir semanas de cotización.


Ayuda por Desempleo

De acuerdo con las Leyes del Seguro Social y del ISSSTE los trabajadores que dejen de estar sujetos a una relación laboral tienen el derecho de retirar parcialmente recursos de su cuenta individual que les administra PENSIONISSSTE o las AFORE, siempre y cuando cumplan los requisitos que establecen dichas Leyes.

El retiro parcial por desempleo es un derecho de los ahorradores, sin embargo, puede llegar a tener un alto costo futuro para la pensión, toda vez que además de la reducción del saldo de la cuenta individual, se restan de cotización al trabajador.

El trabajador que cotiza al IMSS durante el tiempo que deje de estar sujeto a una relación laboral, tendrá derecho a:

  • Realizar aportaciones a su cuenta individual
  • Retirar parcialmente recursos de la Subcuenta de Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) a partir del día 46 de desempleado, siempre y cuando la cuenta individual tenga:
    • Al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización al IMSS acreditados en dicha cuenta. Retirará en una exhibición la cantidad que resulte al equivalente a 30 días de su último salario base de cotización, con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal, o

    • Cinco años o más de haber sido abierta. Retirará la cantidad que resulte menor entre 90 días de su salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuviere, o el 11.5 por ciento del saldo de dicha Subcuenta de RCV. Estas cantidades se entregarán en un máximo de seis mensualidades. El derecho consignado en esta fracción sólo podrán ejercerlo los trabajadores que acrediten no haber efectuado retiros durante los 5 años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud de retiro de recursos

  • El trabajador podrá reintegrar total o parcialmente el dinero para recuperar las semanas cotizadas. Para ello, es necesario que acuda a PENSIONISSSTE o las AFORE para que le indiquen la cantidad actualizada a reembolsar, ya sea en ventanilla o de forma electrónica. El reintegro de los recursos se puede realizar de manera parcial o total.

El trabajador que cotiza al ISSSTE durante el tiempo que deje de estar sujeto a una relación laboral, tendrá derecho a:

  • Realizar aportaciones a su cuenta individual

  • Retirar parcialmente recursos de la Subcuenta de Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) a partir del día 46 de desempleado, la cantidad que resulte menor entre el 75 % de su sueldo básico de los últimos 5 años, o el 10% del saldo de dicha subcuenta